Secretaría Jurídica

Nombre de la Dependencia Secretaría Jurídica
Funcionario Responsable Oscar Darío Muñoz Vásquez
Correo Electrónico contactenos@itagui.gov.co
Teléfono +(57+604) 3737676 Ext 2300
Objetivos

El objetivo de la Secretaria Jurídica, es garantizar el orden jurídico en todas las acciones de la administración central del Municipio de Itagüí, por medio de la unificación de los criterios jurídicos que conlleven a la toma adecuada de decisiones, en pro de defender los intereses del Municipio y la comunidad.

Funciones

Son funciones de la Secretaria Jurídica, las siguientes:

1. Diseñar las políticas tendientes al fortalecimiento jurídico del Municipio.
2. Brindar la asesoría y el acompañamiento jurídico que el Alcalde y las demás dependencias de la administración municipal requieran para el ejercicio de sus funciones.
3. Asesorar, revisar y evaluar la legalidad, pertinencia, coherencia y conveniencia de los proyectos de actos administrativos del Alcalde o los que deba sancionar, objetar o suscribir.
4. Elaborar, estudiar y conceptuar sobre proyectos de decreto, resoluciones y convenios y demás actuaciones administrativas que deba suscribir o proponer la Alcaldía, y sobre los demás asuntos que le asignen.
5. Unificar criterios jurídicos que permitan la toma correcta de decisiones en todos los niveles jerárquicos de la Administración.
6. Desarrollar y adoptar metodologías que permitan la interpretación sistemática de las normas y la unificación de criterios en la toma de decisiones en la Administración Municipal.
7. Aplicar la información jurídica a todos los procesos corporativos garantizando la actualización de la base legal del Municipio.
8. Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la administración municipal, en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que éste deba promover, mediante poder otorgado por el Alcalde y supervisar el trámite de los mismos.
9. Identificar en las demandas en contra de la Administración las causas generales que originan desviaciones en los objetivos o que afecten de cualquier manera los intereses de la Administración.
10. Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con el proceso de jurisdicción coactiva y efectuar el cobro a través de este proceso de las multas impuestas a favor del municipio.
11. Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas, y en general las actuaciones jurídicas y administrativas relacionadas con las funciones del municipio, que no correspondan a una dependencia específica de la administración municipal.
12. Dirigir a través de la Oficina de Adquisiciones los procesos de contratación de la administración municipal y la gestión de adquisiciones y suministros de bienes e insumos requeridos para el normal funcionamiento de las diferentes dependencias del Municipio de Itagüí.
13. Adelantar a través de la Oficina de Adquisiciones el desarrollo de las diferentes etapas de los procesos contractuales que requiera la administración municipal, de acuerdo a los requerimientos de cada dependencia, cumpliendo de manera integral con la normatividad y los procedimientos establecidos en el Estatuto General de Contratación Pública.
14. Coordinar con la dependencia correspondiente, la elaboración de los informes relacionados con la actividad de contratación de la Alcaldía que deban rendirse conforme a las normas legales y solicitudes de los entes de control y judiciales;
15. Llevar y mantener actualizado el registro de contratos vigentes, en liquidación o liquidados, con fundamento en la información que reporten las diferentes dependencias en las que se surtan las etapas: contractual y de liquidación de los mismos;
16. Adelantar e implementar políticas de gestión jurídica pública encaminadas a mejorar las políticas de defensa judicial del Municipio.
17. Implementar, aplicar y adelantar el uso de los diferentes mecanismos alternativos de solución de conflictos
18. Dirigir y coordinar el comité de defensa judicial y conciliación judicial y extrajudicial del Municipio.
19. Adelantar los procesos por enajenación voluntaria o decretar la expropiación de inmuebles en los casos previstos en artí¬culo 10 de la Ley 388 de 1997 y demás normas que la modifiquen, reglamenten, sustituyan o complementen.
20. Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el Alcalde y dependencias al interior de la administración municipal y demás autoridades competentes.
21. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia o que le sean asignadas por la ley o autoridad competente.